Ciudad del Vaticano, 5 octubre 2012 (VIS). Benedicto XVI concederá a
los fieles la indulgencia plenaria con motivo del Año de la Fe que será
válida desde su apertura (11 de octubre de 2012 hasta su clausura, 24 de
noviembre de 2013) , según informa el decreto hecho público hoy firmado
por el cardenal Manuel Monteiro de Castro y por el obispo Krzysztof
Nykiel, respectivamente Penitenciario Mayor y Regente de la
Penitenciaría Apostólica.
“En el día del cincuenta aniversario de la solemne apertura del
Concilio Vaticano II -dice el texto- el Sumo Pontífice Benedicto XVI ha
establecido el inicio de un Año particularmente dedicado a la profesión
de la fe verdadera y a su recta interpretación, con la lectura o, mejor,
la piadosa meditación de los Actos del Concilio y de los artículos del
Catecismo de la Iglesia Católica”.
“Ya que se trata, ante todo, de desarrollar en grado sumo -por cuanto
sea posible en esta tierra- la santidad de vida y de obtener, por lo
tanto, en el grado más alto la pureza del alma, será muy útil el gran
don de las indulgencias que la Iglesia, en virtud del poder conferido de
Cristo, ofrece a cuantos que, con las debidas disposiciones, cumplen
las prescripciones especiales para conseguirlas”.
“Durante todo el arco del Año de la Fe -convocado del 11 de octubre
de 2012 al 24 de noviembre de 2013- podrán conseguir la Indulgencia
plenaria de la pena temporal por los propios pecados impartida por la
misericordia de Dios, aplicable en sufragio de las almas de los fieles
difuntos, todos los fieles verdaderamente arrepentidos, debidamente
confesados, que hayan comulgado sacramentalmente y que recen según las
intenciones del pontífice:
A)Cada vez que participen al menos en tres momentos de predicación
durante las Sagradas Misiones, o al menos, en tres lecciones sobre los
Actos del Concilio Vaticano II y sobre los artículos del Catecismo de la
Iglesia en cualquier iglesia o lugar idóneo.
B)Cada vez que visiten en peregrinación una basílica papal, una
catacumba cristiana o un lugar sagrado designado por el Ordinario del
lugar para el Año de la Fe (por ejemplo basílicas menores, santuarios
marianos o de los apóstoles y patronos) y participen en una ceremonia
sacra o, al menos, se recojan durante un tiempo en meditación y
concluyan con el rezo del Padre nuestro, la Profesión de fe en cualquier
forma legítima, las invocaciones a la Virgen María y, según el caso, a
los santos apóstoles o patronos.
C) Cada vez que en los días determinados por el Ordinario del lugar
para el Año de la Fe, participen en cualquier lugar sagrado en una
solemne celebración eucarística o en la liturgia de las horas, añadiendo
la Profesión de fe en cualquier forma legítima.
D) Un día, elegido libremente, durante el Año de la Fe, para visitar
el baptisterio o cualquier otro lugar donde recibieron el sacramento del
Bautismo, si renuevan las promesas bautismales de cualquier forma
legítima.
Los obispos diocesanos o eparquiales y los que están equiparados a
ellos por derecho, en los días oportunos o con ocasión de las
celebraciones principales, podrán impartir la Bendición Papal con la
Indulgencia plenaria a los fieles.
El documento concluye recordando que los fieles que "por enfermedad o
justa causa" no puedan salir de casa o del lugar donde se encuentren,
podrán obtener la indulgencia plenaria, si “unidos con el espíritu y el
pensamiento a los fieles presentes, particularmente cuando las palabras
del Sumo Pontífice o de los obispos diocesanos se transmitan por radio o
televisión, recen, allí donde se encuentren, el Padre nuestro, la
Profesión de fe en cualquier forma legítima y otras oraciones conformes a
la finalidad del Año de la Fe ofreciendo sus sufrimientos o los
problemas de su vida”.
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